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Bolsa de Madrid.
La banca deberá demostrar que su personal está formado para vender productos de inversión

La banca deberá demostrar que su personal está formado para vender productos de inversión

La CNMV exigirá una formación mínima a quienes asesoren o informen a sus clientes, así como una experiencia mínima de seis meses de trabajo, a partir del próximo año, para evitar conflictos como los del pasado

José María Camarero

Lunes, 24 de abril 2017, 14:42

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La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) obligará a las entidades financieras, así como a todas las sociedades que ofrezcan productos de inversión -fondos, participaciones en Bolsa y otros productos del mercado bursátil- a que los empleados que, bien asesoren o bien informen sobre esos activos, cuenten con la formación mínima suficiente para que los inversores conozcan los riesgos que asumen al contratar determinados tipos de inversiones, así como para evitar problemas futuros en su patrimonio, como ha ocurrido en los últimos años en casos como los de las participaciones preferentes, entre otros.

El regulador del mercado ha sometido a consulta pública la Guía para la evaluación de los conocimientos de esos profesionales, en la que se establece que las entidades deberán demostrar que sus empleados disponen de unos conocimientos mínimos. La obligación se establecerá a partir del 1 de enero de 2018. A partir de entonces, el personal de corporaciones como la banca deberá haber recibido formación de al menos 80 horas en el caso de los profesionales que solo se dediquen a informar a los clientes sobre los productos de inversión; o de 150 horas, si se trata de asesores especializados.

Estas exigencias llegan, a raíz de la implantación de la directiva comunitaria denominada Mifid II, y tras constatar que la mitad de los profesionales que asesoran a clientes no tiene certificaciones externas sobre sus conocimientos, y poco menos de un 8% de los que informan al usuario tampoco cuentan con este tipo de títulos. A la vez, el regulador estima que un 72% de los trabajadores de banca que realizan estas funciones tienen un título universitario, un 14% el de Bachiller y un 4% estudios primarios.

La novedosa cualificación se podrá obtener a través de las propias entidades que así lo decidan, si ya tienen en marcha sistemas de cualificación internos. También a través de empresas externas, que deberán estar aceptadas por la CNMV a través de una lista de títulos que se aprobará durante la tramitación de esta norma.

Además, se obliga a que ese profesional tenga una experiencia mínima de seis meses de trabajo habiendo desempeñado las funciones concretas relacionadas con el puesto de información o asesoramiento con ahorradores que hayan adquirido productos o servicios de inversión. Y también se establece la necesidad de que se habilite una formación continua para este tipo de empleados, que deberá ser de 20 horas para el personal de información y de 30 horas para el de asesoramiento.

En cualquier caso, los empleados tendrán que demostrar que han recibido formación sobre cuestiones como los riesgos de los productos que ofrecen, los costes en los que el cliente incurre y el funcionamiento de los mercados financieros; el valor de los activos; la diferencia entre distintos escenarios de rendimientos pasdos y futuros; la normativa sobre abuso de mercado y blanqueo de capitales; o la evaluación de documentos clave como los folletos informativos.

Aunque la obligación de que el personal haya obtenido sus títulos correspondientes comienza con el arranque de 2018, la CNMV tendrá en cuenta las características de cada entidad para flexibilizar el cumplimiento de esta guía. "No se pretende crear una carga a las empresas", reconocen fuentes del regulador. De hecho, la institución permitirá que aquellos empleados que no hayan logrado su formación en los plazos establecidos puedan seguir tratando con sus clientes durante cuatro años, siempre que se encuentra bajo supervisión directa de un empleado que sí la tenga.

Para verificar el cumplimiento de esta norma, la CNMV se muestra dispuesta a llevar a cabo actuaciones 'sorpresa' en las entidades al "realizar pruebas sobre los conocimientos del personal relevante", en el ámbito de sus actuaciones. Ya lo ha hecho tras apuntar "ciertas insuficiencias" en las entidades a la hora de ofrecer información sobre riesgos y costes en la comercialización de productos financieros. El organismo supervisor ha realizado por primera vez un ejercicio de 'cliente misterioso' o 'mystery shopping', que ha consistido en 450 visitas por parte de 179 'clientes misteriosos' a una muestra representativa de entidades que aglutinan el 50% de las sucursales bancarias. Las oficinas visitadas se distribuyen en 20 grandes poblaciones.

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