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Protestas por las cláusulas suelo.
La banca se libra de avisar a cada afectado por las cláusulas suelo para que reclamen

La banca se libra de avisar a cada afectado por las cláusulas suelo para que reclamen

Los clientes deben dirigirse a su entidad para acogerse al sistema que agiliza la resolución del caso, pero no asegura la recuperación del dinero pagado de más

José María Camarero

Viernes, 20 de enero 2017, 13:02

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Los últimos detalles del mecanismo que ha aprobado el Gobierno para que los hipotecados con cláusula suelo puedan recuperar el dinero que sus bancos les ha cobrado de más revelan que la iniciativa para poner en marcha el proceso corresponde a los clientes, quienes tendrán que acudir a sus entidades para reclamar el dinero en cuestión. Es decir, la banca no tendrá que dirigirse, al menos obligatoriamente, caso por caso para advertir sobre la posibilidad de obtener esas cantidades, una vía que no estaba descartada al completo a tenor de las negociaciones políticas que fueron retrasando la aprobación del mecanismo desde finales de 2016.

Facua dice que el decreto no obliga a nada a los bancos

  • La organización Facua-Consumidores en Acción ha denunciado que el real decreto ley para la creación de un sistema extrajudicial para devolver las cláusulas suelo aprobado hoy por el Consejo de Ministros "es puro humo, ya que no obliga a los bancos a nada". Esta norma no establece ningún tipo de sanción para las entidades que decidan no adherirse al sistema extrajudicial de reclamaciones, ni para las que lo hagan pero se nieguen a devolver todo el dinero a los usuarios", según denuncia Facua en un comunicado.

  • La asociación advierte de que, si se reintegra a los hipotecados el dinero cobrado fraudulentamente más los intereses, no será como consecuencia del real decreto sino de la sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) que establece la retroactividad total en las devoluciones en contra del criterio del Supremo "que pretendía que los bancos se quedasen con todo lo defraudado antes de mayo de 2013".

  • "En este país nadie se atreve a multar a los bancos por el mayor fraude a los consumidores que se ha producido en la historia", ha denunciado el portavoz de Facua, Rubén Sánchez, quien ha añadido que "no multaron los Gobiernos anteriores ni va a hacerlo este, porque el Ministerio de Economía no ha querido articular mecanismos para sancionar cada caso en el que se nieguen a devolver el dinero".

  • Según Sánchez, los Gobiernos "tampoco han querido imponer multas contundentes las comunidades autónomas, pese a que la legislación de defensa de los consumidores pone en sus manos las competencias sancionadoras ante las cláusulas abusivas".

  • El real decreto ley prevé la constitución de una comisión de seguimiento con representación del Consejo de Consumidores y Usuarios, un órgano consultivo del Gobierno del que forman parte una decena de asociaciones de consumidores de ámbito estatal. "Facua no va a participar en la comisión de seguimiento de una pantomima, no vamos a hacer de convidado de piedra del Gobierno para hacernos la foto, porque estaríamos insultando a los consumidores", ha anunciado Sánchez.

El texto definitivo del decreto-ley al que ha dado luz verde el Consejo de Ministros sí exige a las entidades la implantación de un sistema al que sus clientes puedan acudir para iniciar el proceso. La norma indica que los bancos «deberán garantizar» que ese mecanismo «sea conocido por todos los consumidores» con suelo. Pero fuentes del Ministerio aclaran que el texto es «un incentivo a la proactividad» de las entidades; y afirman que «la iniciativa de usarlo depende del consumidor» que así lo considere oportuno.

El decreto, pactado con el PSOE y Ciudadanos, sí especifica cómo deben informar los bancos sobre el proceso:en sus páginas web y en las sucursales, pero sin especificar la exigencia de dirigirse específicamente a cada usuario. Por eso, desde organizaciones como Facua afirman que «es puro humo y no obliga a la banca a nada». Y en la OCU sostienen que al final los bancos quedan como «juez y parte».

El lunes comienza el plazo

Con la publicación del decreto, que previsiblemente aparecerá este sábado en el Boletín Oficial del Estado, se pone en marcha el proceso de reclamación. Desde el lunes, los afectados pueden acudir a sus bancos para exigir la devolución del dinero, independientemente de que la entidad haya habilitado ya el mecanismo. Si no lo ha hecho, cada banco dispone de un mes para establecerlo. En el proceso se incluyen las hipotecas vencidas a cuyos titulares se les hubiera aplicado el suelo.

Una vez que el afectado haya presentado su queja, el banco tiene la potestad de decidir si tiene razón o no. El ssitema no evitará que la resolución del conflicto dependa de «la voluntad de las partes» para liquidarlo. Esto es, de lo que al final pueda decidir cada entidad según su criterio, reconocen en Economía. Para ello, dispone de tres meses.

Algunos bancos como Sabadell se anticiparon ayer a aclarar que se trata de un sistemaque «no aplica» en su caso al insistir en que sus cláusulas suelo «son válidas». En este sentido, desde la CECA aclaran que se alcanzarán soluciones «particularizadas» con cada usuario. Y la Asociación Española de Banca (AEB) insiste en que los bancos llevan «muchos meses dialogando» con sus clientes para fijar una solución.

Si el banco da la razón a su cliente, podrá devolver el dinero en efectivo, o bien proponer una solución alternativa, como la amortización proporcional de la hipoteca, en cuyo caso deberá aceptarlo en un documento «manuscrito». Si la entidad mantiene su negativa, el afectado acudirá a los tribunales sin ni siquiera saber de cuánto dinero se trata, porque la firma no está obligada a calcularla si no admite la queja.

El incentivo para que la banca no deje caer el caso en manos de la justicia es que deberá asumir las costas del caso si la sentencia determina una devolución mayor a la cantidad que le ofreciera el banco a su cliente. Desde el punto de vista fiscal, la devolución del dinero no tributará, pero sí habrá que regularizar las deducciones por vivienda practicadas de más en los IRPF de los años correspondientes, sin asumir multas.

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