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Los afectados por el primer ERE de Feria Valencia piden cinco millones por daños y perjuicios

Los afectados por el primer ERE de Feria Valencia piden cinco millones por daños y perjuicios

La institución ha pedido una aclaración de la sentencia al TSJ para evitar tener que asumir la reincorporar de los despedidos

Á. MOHORTE

Miércoles, 23 de noviembre 2016, 19:16

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La sentencia que declara nulo el primer expediente de regulación de empleo (ERE) que aplicó Feria Valencia en 2011 puede tener un coste de cinco millones de euros para las maltrechas cuentas de la institución. Esta es la cantidad que los abogados de los afectados van a reclamar en concepto de daños y perjuicios por haber sido despedidos de forma indebida.

A diferencia de otros casos, los trabajadores no tienen derecho a los salarios de tramitación, por lo que Feria Valencia no tendría que abonar las retribuciones de todo este personal correspondiente a estos casi seis años. Según el letrado Guillermo Llago, los beneficiarios de esta indemnización serían los 22 denunciantes y no la totalidad de los 106 afectados en su día. La presentación de la petición se producirá una vez que el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) aclare si se debe producir la reincorporación inmediata, al no especificarse en el texto de la sentencia, según la institución ferial.

Como adelantó LAS PROVINCIAS, la razón de la nulidad del ERE está en una serie de incumplimientos de plazos, falta de informes y «una reiteración de vicios» que llevan a «la aparente realización de todos los trámites» de tal forma que el tribunal entiende que se produjo un «fraude de ley». El ERE se justificó por la delicada situación económica de Feria Valencia, ente mixto con participación del Ayuntamiento de Valencia y de la Generalitat y con representación patronal en los cargos ejecutivos.

Bajo la presidencia del empresario textil Rafael Catalá, en aquellas fechas la institución contaba con 320 empleados y quedó en 214 tras aplicar 68 despidos a 38 días por año trabajado con un máximo de 16 mensualidades, 34 prejubilaciones y la ejecución de otras cuatro salidas para empleados a partir de 65 años.

La sentencia anula concretamente la resolución de la Dirección General de Trabajo Cooperativismo y Economía Social de la Generalitat que autorizaba a Feria Valencia para extinguir «un máximo» 106 puestos de trabajo y se basa en siete motivos que se centran en la reducción injustificada del periodo de consultas, que se limitó a una jornada; la falta del informe de la Inspección de Trabajo, que llegó después de completarse todo el proceso; y una urgencia que hizo que entre el inicio del periodo de consultas y su resolución sólo pasaron doce días.

En una categoría superior sitúa la falta del informe de la Inspección de trabajo «y decimos falta de informe porque, solicitarlo y no esperar a su emisión en plazo, equivale a no solicitarlo», ya que sus objeciones no son vinculantes pero sí obligan a la Administración, por lo menos, a motivar por qué se realizan los despidos. Igualmente, entiende que se produce «sin que exista constancia alguna de urgencia», a pesar del número de trabajadores afectados y después de que la autoridad laboral asumiera su resolución.

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