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El TSJCV anula parte de la orden que regula la renta garantizada de ciudadanía

El tribunal Superior de Justicia de la Comunitat se opone a la decisión de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social de modificar la fecha de efectos económicos de la prestación y condena a la administración a abonar las costas del proceso

EFE

Sábado, 28 de febrero 2015, 14:19

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El Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana ha declarado nula parte de la Orden 7/2012, relativa a los efectos económicos de la Renta Garantizada de Ciudadanía, según consta en una sentencia facilitada por el sindicato UGT.

Fuentes de este sindicato han indicado que la sentencia responde al contencioso presentado contra una base que figura en el anexo de la citada Orden que indica que "los efectos económicos de la renta garantizada de la ciudadanía se producirían el primer día del mes siguiente a la fecha de resolución que reconozca el derecho a su percepción".

Para UGT, la sentencia es de calado para los solicitantes de la prestación de la renta, "pues los efectos económicos de la misma se veían postergados al momento en que la Administración resolvía la solicitud del ciudadano, mientras que ahora, en función de lo dictaminado por el TSJ, será la fecha de presentación de la solicitud la que determine el reconocimiento del derecho y, por lo tanto, de la generación los efectos económicos".

"Esta sentencia cobra especial relevancia en orden a atender las necesidades de los ciudadanos en momentos en el que el índice de pobreza y exclusión social superan el 30 % en el ámbito de la Comunitat, y donde la extensión del sistema de rentas mínimas supone menos de una tercera parte de la media estatal", ha explicado Isabel López Atienza, secretaria de Política Social de UGT-PV.

El TSJCV se opone a la decisión de la Conselleria de Justicia y Bienestar Social de modificar la fecha de efectos económicos de la prestación y condena a la administración a abonar las costas del proceso, según las mismas fuentes.

"No deja de ser llamativo que La Generalitat Valenciana se haya defendido en este asunto alegando que la UGT no puede denunciar estos hechos en los Tribunales y que los sindicatos no tenemos legitimación para recurrir estos atropellos de la ciudadanía", según han indicado desde este sindicato.

"El Tribunal Superior Valenciano reconoce la competencia y legitimación de los sindicatos en general y de la UGT-PV en particular para la defensa de los intereses de los trabajadores y de los parados", han señalado las mismas fuentes.

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