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La juez incauta 12 obras de arte a Císcar al considerar que las adquirió de forma delictiva

La juez incauta 12 obras de arte a Císcar al considerar que las adquirió de forma delictiva

La magistrada sospecha que la exdirectora del IVAM utilizó a sus hijas para que las piezas se expusieran en el museo y se revalorizaran

C. VELASCO

Jueves, 9 de marzo 2017, 00:46

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La juez del Juzgado de Instrucción número 21 de València, que investiga las presuntas irregularidades cometidas en la gestión del IVAM durante la etapa de Consuelo Ciscar, ha ordenado el embargo de 12 obras de arte de la exdirectora y atribuye la adquisición de piezas de Carmen Calvo, Ramón de Soto y Equipo Crónica a la «actividad delictiva» de la propietaria. Con esta incautación, la magistrada acepta la petición de la Abogacía de la Generalitat.

La instructora sospecha, además, que la exdirectora del museo forzaba su exposición en las muestras organizadas por el IVAM para que se revalorizaran; y mantiene que utilizaba a sus hijas y a su nieta para ocultar que ella era la verdadera titular de las piezas. La jueza da cinco días a la exresponsable del museo y a sus hijas para que comuniquen dónde están las pinturas y esculturas embargadas.

Las obras de arte en cuestión son piezas de las colecciones particulares de la familia Císcar que habrían sido prestadas para ser expuestas en el IVAM por las hijas de la exdirectora como si fueran las supuestas propietarias.

Cuando la jueza les requirió que acreditaran la compra de las obras de arte que habían prestado al museo, la exdirectora del museo valenciano explicó que fue ella quien las adquirió para posteriormente regalárselas a sus hijas, motivo por el que estas no disponían ni de títulos ni de facturas de compra. Tampoco consta ningún documento de naturaleza fiscal que acredite tal cesión o donación.

La juez considera que el embargo pedido por la Abogacía de la Generalitat Valenciana está justificado ante «la facilidad» con que las obras de arte «puedan ser ocultadas o transmitidas a terceras personas sin dejar rastro de su lícita transmisión» como lo demuestra el hecho de que cuando fueron expuestas Císcar «intentó ocultar que era la verdadera titular de las obras, usando para ello la atribución de su titularidad a sus hijas y nieta en las hojas de préstamos» del museo.

Entre las piezas embargadas figuran las siete piezas de Carmen Calvo y cinco obras de artistas como Ramón de Soto, Francisco Caparrós, Alberto Corazón, Bernardi Roig y Equipo Crónica. Su compra lícita tampoco ha sido justificada con documentos de naturaleza tributaria.

Además de la falta de títulos de compra de las obras por parte de Císcar, la magistrada de refuerzo de Instrucción 21, destaca que «existen datos que inducen a pensar que la señora Císcar Casabán hizo uso de su posición de superioridad en el IVAM como directora gerente del Instituto para forzar la exhibición de tales obras en la exposición de Carmen Calvo, a pesar de no estar inicialmente prevista, para con ello revalorizar tales obras y conseguir con ello un beneficio ulterior en caso de venta». Tal comportamiento es «a todas luces irregular y podría constituir igualmente un ilícito penal a considerar», según el escrito.

En su auto la magistrada acuerda también dar entrada en la causa a las hijas de Císcar, a quienes esta atribuyó la propiedad de las 12 obras de arte expuestas en el IVAM y ahora embargadas. Deberán estar representadas por un abogado sin que esto signifique que se extiendan a ellas las cuestiones relacionadas con la responsablidad penal de su progenitora.

En su resolución, la jueza acuerda también requerir al IVAM un inventario de las obras del artista Ramón de Soto adquiridas por el museo desde 2004 ante las sospechas de que la exdirectora y la anterior cúpula directiva del museo pudieran haber beneficiado a su viuda pagando sobrecostes por sus creaciones.

De hecho, la jueza recuerda la relación personal que ha unido a Ciscar con el escultor, que fue decano de la Facultad de Bellas Artes de Altea en la que cursó sus estudios su hijo Rafael Blasco Císcar (hijo a su vez del exconseller Rafael Blasco, actualmente en prisión por el desvió de ayudas a la cooperación).

Contradicciones

En su auto, la jueza subraya las «contradicciones» entre la versión de Císcar y de artistas a los que supuestamente compró o le regalaron algunas de las obras embargadas, hecho que unido a «la falta de documentación justificativa de su lícita adquisición» conducen a estimar «la existencia de indicios de delito».

La jueza no considera acreditada la compra de las siete piezas de la artista Carmen Calvo. Así, destaca que «no existe ningún documento que justifique esta transmisión, bien onerosa o a título gratuito, cuando lo bien cierto es que la transmisión de obras de arte es un hecho sujeto a tributación, tanto por el comprador, que deberá declarar el hecho imponible en el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales, como por el vendedor de la obra, que deberá hacerlo declarando la ganancia patrimonial que le suponga la venta en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas». La resolución de la magistrada del juzgado número 21 añade que «tal documento, o bien no existe al no haber sido declarada tal adquisición, o no se ha aportado para justificar la legitimidad de aquella».

La jueza no da crédito a la versión de la exdirectora del IVAM y al supuesto regalo de cuadros y esculturas a sus familiares. Según el auto, existen «elementos en la causa que hacen sospechar de una manera fundada que las obras, al menos las siete que fueron exhibidas en la exposición de Carmen Calvo eran propiedad de Consuelo Císcar y, por consiguiente, no existía en el momento de la exposición esa trasmisión a título gratuito que la misma alega en favor de sus hijas y nieta».

Señala que «de una forma encubierta se indicó en las hojas de préstamo que las propietarias eran aquellas para con ello facilitar la exhibición de tales obras y ello aún cuando la indicada práctica no sea acorde con el código deontológico museístico».

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