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Profesionales sanitarios en un quirófano. LP
El Supremo tumba la jubilación forzosa del personal sanitario en la Comunitat Valenciana

El Supremo tumba la jubilación forzosa del personal sanitario en la Comunitat Valenciana

El alto tribunal rechaza el recurso de la Conselleria de Sanidad y el CSIF asegura que más de 300 personas se tendrán que readmitir

Laura Garcés

Valencia

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Sábado, 16 de diciembre 2017, 22:54

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La sección cuarta de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la anulación del decreto de la Generalitat Valenciana que obligaba al personal sanitario a jubilarse, de manera forzosa, a los 65 años. El recurso que el departamento que dirige Carmen Montón interpuso contra la resolución del TSJCV ha tropezado con la resolución del Supremo. El principio de todo se encuentra en 2014 con el decreto de jubilación forzosa al que siguió un recurso del CSIF que el sindicato ganó desencadenado el recurso de Sanidad ante el Supremo.

El alto tribunal ha rechazado el recurso de casación interpuesto contra una sentencia previa, de 26 de febrero de 2016 del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. Esta resolución dejaba sin efecto la norma -a instancias del sindicato CSIF, como informó ayer este sindicato. La formación sindical mostró su satisfacción porque «se ha hecho justicia».

La abogada del CSIF, Amparo Pinazo, recordó que ahora los recursos que en su día se presentaron contra la denegación de la prórroga para seguir trabajando o si se presentara alguno, tienen el respaldo de esta anulación. Ello lleva a pensar en más posibilidades de que las aspiraciones de los recurrentes se alcancen. La letrada recordó que hay que tener en cuenta que el pronunciamiento del Supremo no da pie de manera automática a la reincorporación de quienes recurrieran el retiro obligatorio, sino que se tiene que esperar a la resolución de los recursos individuales.

El departamento autonómico asegura que se «aceptan casi todas las solicitudes de prórroga»

En su resolución, el Supremo ve «inconsistencia» en las alegaciones presentadas por la Generalitat y respalda la sentencia del TSJ al refrendar que «su motivación no es en modo alguno insuficiente». Desestima el argumento de la Administración autonómica, le recuerda que no tiene opción de recurso de casación y le impone 3.000 euros en costas.

El CSIF calcula que son más de 300 los facultativos afectados a los que Conselleria de Sanidad tendrá que readmitir y abonar salarios no pagados. El presidente del área de Sanidad de esta formación, Rafael Cantó, insistió en que las estimaciones que han realizado les llevan a considerar que la situación puede derivar un coste de 3,6 millones.

El cálculo, según Cantó, se deriva de considerar una media de 1.200 euros mensuales en un año. Cantó recalcó que dependerá del tiempo que lleven jubilados y el salario.

Cantó insistió en que ante el pronunciamiento del Supremo «lo lógico será que se ganen todos los recursos» y, además, insistió en que ahora «lo lógico también sería que para ahorrar un dinero a los valencianos, la Administración readmitiera a los jubilados forzosos». El representante sindical, que definió la resolución como «varapalo a la Conselleria de Sanidad», recordó que inicialmente ya mantuvo que se readmitiera a los profesionales a fin de evitar el coste que podría suponer a las arcas públicas valencianas.

La Conselleria de Sanidad explicó ayer que el departamento «estudiará la implicación que tenga» el pronunciamiento del Supremo. No obstante aseguró que «en contra de lo que sucedía con el gobierno anterior, se están aceptando casi todas las solicitudes de prórroga». Añadió a ello que «con el nuevo decreto del Plan de Ordenación de Recursos Humanos se regulará este tema». Ese plan está pendiente de un decreto y su publicación desde marzo.

El CSIF recordó también ayer que la sentencia del TSJ de febrero de 2016 anulaba los artículos del decreto 136/2014 de 8 de agosto, que establecen la jubilación forzosa del personal estatutario de Sanidad. En su resolución confirmaba el dictamen previo del Consell Jurídic Consultiu al señalar que «el Gobierno valenciano no está habilitado para regular un 'derecho' a la jubilación, como tampoco un 'derecho' a la prolongación de la actividad».

El sindicato añadió que el fallo del TSJ ratificado por el Supremo estimaba el recurso del CSIF contra el Decreto 136/2014 y declaraba la nulidad de sus artículos 3; 4,2 b y artículos 6.2, letras a, b y c y 6.3, apartados a y b. La sentencia defendía la prolongación en el servicio activo por un periodo inicial de un año, prorrogable anualmente a instancias del interesado, y como máximo hasta la edad de 70 años.

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