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La desmemoria histórica: el caso del jurista Castán Tobeñas

PASCUAL MARZAL PROFESOR DE HISTORIA DEL DERECHO Y DE LAS INSTITUCIONES (UNIV. VALENCIA) GRUPO DE ESTUDIOS SOCIALES E INTERDISCIPLINARES (GESI - FUNDACIÓN UNIVERSITAS) WWW.FUNDACIONUNIVERSITAS.ORG

Sábado, 20 de mayo 2017, 23:39

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Hace pocos días, la prensa valenciana se hacía eco de un informe elaborado a petición del Ayuntamiento de esta ciudad por algunos miembros del Departamento de Historia Contemporánea de la Universitat de València en el que se proponía la «resignificación» de varias calles en aplicación de la Ley de Memoria Histórica 52/2007 de 26 de diciembre. De las cincuenta y una propuestas de cambio de denominación, una afectaba a la conocida calle Castán Tobeñas.

A muchos profesionales del Derecho nos ha sorprendido esta propuesta, como también a bastantes ciudadanos de pié que se han preguntado ¿Quién sería este personaje que durante tantos años ha bautizado con su nombre uno de los barrios más populares de la ciudad de Valencia? y ¿qué habría hecho para merecer ahora este 'castigo' en su honorabilidad? Durante varios años he estudiado la figura de este y otros juristas y el periodo de la II República, la Guerra civil y la posguerra por cuyo motivo la Generalitat Valenciana me nombró miembro de la Comisión de Expertos para la aplicación de la Ley de Memoria Histórica.

José Castán Tobeñas nació en Zaragoza en 1889, ciudad en la que también estudió Derecho, graduándose con magníficas calificaciones. Realizó después el doctorado en Madrid y opositó a profesor de Universidad, obteniendo la cátedra de Derecho civil en la ciudad de Murcia en 1918. Tres años después conseguía idéntica cátedra en la Universidad de Valencia. En ella permaneció hasta 1933, destacando como magnífico profesor, respetado por sus alumnos y compañeros, como quedó demostrado cuando fue elegido Decano de la Facultad en 1931. Igualmente sobresalió como investigador de las instituciones de Derecho civil, convirtiéndose su obra Derecho civil español, común y foral en un tratado de obligada consulta y estudio para varias generaciones de estudiantes, profesores, abogados, notarios, registradores, etc.

En la personalidad de Castán hubo una característica que lo diferenciaba de los catedráticos de la época: nunca se sintió atraído por la política. Sí que fue conservador y católico, como la mayoría de sus compañeros, pero nunca militó en partidos de derechas, ni liberales ni conservadores. Su objetivo fue siempre profundizar en el estudio del Derecho.

Con la llegada de la Segunda República, Castán sería nombrado magistrado del Tribunal Supremo para la Sala Primera o de lo Civil, por el ministro del Partido Radical Socialista, Álvaro de Albornoz. En este puesto permaneció hasta 1939, momento en que se entregó a las tropas franquistas cuando fue ocupada Barcelona. El ejército de Franco lo sometió a un consejo de guerra del que fue absuelto porque, según afirmaba la sentencia, «el inculpado no ha tenido el menor contacto ideológico con los rojos que lo soportaron por su indudable prestigio científico».

Debido a este mismo prestigio, y a que su maestro académico, Felipe Clemente de Diego, era en aquellos momentos el nuevo presidente del Tribunal Supremo, se le mantuvo en su cargo de magistrado. Años después, en 1945, fue nombrado presidente del Alto Tribunal. A este puesto se sumaron otros como la presidencia de la Real Academia de Legislación y Jurisprudencia de Madrid y el de procurador en Cortes. Castán falleció en 1968.

¿Qué actos cometió Castán a lo largo de su vida para que hoy se le aplique el artículo 15 apartado 1º de la Ley de Memoria Histórica? Repasando su biografía únicamente podría imputársele su participación en la represión franquista desde su cargo de presidente del Tribunal Supremo o como miembro de las cortes de la Dictadura, pues su actividad anterior siempre fue de lealtad al gobierno republicano. ¿Esto realmente fue así? Quien conozca la historia de la represión en la época franquista sabrá que ésta se llevó a cabo por la jurisdicción militar a través de consejos de guerra o por tribunales especiales como los de Responsabilidades Políticas o los de Represión de la Masonería y el Comunismo, los cuales estaban al margen de la jerarquía y control del Tribunal Supremo. Asimismo, Castán fue procurador en Cortes porque en su cargo de presidente de este Tribunal llevaba aparejado dicha designación. Además, las cortes franquistas no tenían una verdadera función legislativa ni eran representativas de la soberanía nacional. Las leyes emanaban del General Franco y fue él y sus gobiernos los grandes artífices de la legislación represora franquista.

No quiero que nadie me malinterprete. Yo estoy conforme con el espíritu de reconciliación y concordia de la Ley de Memoria Histórica y con su aplicación en aquellos casos donde verdaderamente se demuestre que el personaje en cuestión participó en la represión franquista y que lo hizo de forma activa y voluntaria. ¿Fue este el caso de Castán? Creo que no. A este jurista le ocurrió como a tantos otros ciudadanos, importantes o no, que tuvieron que vivir o, mejor dicho, sobrevivir a diferentes regímenes políticos. Resulta fácil juzgar hoy los actos del pasado y pronunciarse sobre lo que estuvo bien o mal y lo que debería haber sido o haberse hecho. No podemos pretender que todo el mundo actuara como un héroe en el difícil contexto de la guerra y la posguerra.

Tampoco creo que la intención de la Ley de Memoria Histórica sea estigmatizar como represores a todos aquellos que colaboraron con el régimen de alguna u otra forma. Si esto fuera así, la mayor parte de la sociedad española y, sobre todo, cualquier personaje público podría haber sido calificado como tal a lo largo de cuarenta años de Dictadura. Hoy nadie retiraría una calle a Adolfo Suárez, Manuel Fraga o al cardenal Vicente Enrique y Tarancón. En la biografía de cualquier persona no todo es blanco o negro y siempre la gama de grises es muy amplia. Por eso, entiendo que no hay que situarse en los extremos y conviene valorar la aportación histórica de cada personaje. En el caso concreto de Castán Tobeñas, sus méritos como profesor y civilista de reconocido prestigio en el campo del Derecho resultan indiscutibles.

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