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Reivindico la presunción de inocencia de todo ciudadano

Justicia penal versus 'Justicia ciudadana' versus 'Justicia mediática'

HÉCTOR PARICIO RUBIO ABOGADO. DEFENSOR DE ANGÉLICA SUCH EN EL JUICIO DEL 'CASO GÜRTEL'

Lunes, 20 de febrero 2017, 23:26

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La Justicia Penal tiene sus normas, formas y tiempos, la 'Justicia ciudadana' o enjuiciamiento de los casos penales por la ciudadanía no tiene reglas, pero sí sus peculiares modos y tiempos, y la 'Justicia mediática' o versión emanada de los medios de comunicación tiene tantas normas y modos como medios de comunicación o periodistas emiten la noticia, aunque estos coinciden en el 'tempus', al minuto de enterarse ya han hecho un análisis y juicio de valor más allá de lo que puedan conocer y contrastar. La prensa es fundamental, pero no la mala prensa, que la hay. Cada una de las que denomino 'Justicias', sin duda hay mas, tienen sus particulares condenas y penas, todas ellas reales, padecidas en cuerpo, mente y bolsillo por todo ciudadano que es sujeto sospechoso de un presunto delito, además del acumulado sufrimiento familiar.

Todo suele iniciarse con la apertura de unas diligencias de investigación, no necesariamente judiciales, sino también policiales, mediáticas o a través de las redes sociales. La primera condena es inevitable, ser sujeto de investigación y salir en los medios es una condena; la familia sufre, los amigos preguntan, unos compañeros de trabajo dan ánimos, otros solo miran y arquean las cejas complacientes con esa cruz, los jefes recelan y la sociedad entera le coloca la pegatina, de entrada, de 'culpable'. Si el proceso es largo, varios años es lo habitual, lo anterior se convierte en crónico, con días malos y otros peores, con un permanente sufrimiento psicológico (hay delitos en nuestro Código Penal que por la acusación de causar maltrato psicológico se encierra al causante). Aquí la Fiscalía actúa, no siempre de forma objetiva e imparcial, pero este tema merecería un monográfico especial.

La segunda condena es el juicio, la denominada 'pena de banquillo', ser interrogado y acusado con petición de penas varias, incluidas las de prisión, es más que duro, pero llegados a este punto solo cabe esperar la sentencia, si es condenatoria y adquiere firmeza todos habremos de felicitarnos porque el Estado de Derecho y nuestro sistema ha funcionado y nos protege.

Pero ¿y si la sentencia es absolutoria? En este caso, ¿cómo reaccionan los tribunales? Respuesta: de ninguna forma, al igual que la Fiscalía, que calla. ¿Cómo reaccionan los medios de comunicación? Breve nota en el mejor de los casos, salvo honrosas excepciones; frente a los grandes titulares y multitud de artículos condenatorios previos durante el proceso, no reparan nada. ¿Y la sociedad? La mayor parte ni se entera de los absueltos -realeza al margen- y para muchos queda para siempre la duda de que eran culpables y se han 'escapado' por algún subterfugio legal o falta de pruebas, lo que equivale a pensar que son culpables pero no se ha podido demostrar. La sociedad en general no tiene conciencia ni valora la inocencia de las personas, es cainita. Por ello, más que nunca reivindico la presunción de inocencia.

Las dos últimas sentencias más mediáticas, 'Caso Gürtel' (Pieza 3ª, Fitur de Valencia) y 'Caso Nóos', han resuelto que procedía la absolución en el primer caso de dos personas de trece acusados, y en el segundo de once de diecisiete; en total, de treinta acusados han sido absueltas doce personas (un 40%, sin que este porcentaje sea dato estadístico extrapolable a nada, y menos a todo el sistema judicial, cuyas estadísticas de absolución desconozco) que han vivido su particular sufrimiento, casi todos con medicación para sobreponerse a semejante trance. Y este hecho es extrapolable a lo que todos los días sucede en nuestros juzgados y tribunales. Cientos, miles de personas acusadas inocentes.

En mi opinión, ello nos tiene que llevar a todos (cuanto menos a los que pensamos que el fin no justifica los medios en la Justicia Penal) a serias reflexiones y a llevar las mismas a cabo, sobre todo fiscales, acusaciones particulares y populares y jueces de instrucción, que deben extremar el celo y su trabajo para sentar en el banquillo a menos inocentes, ya que un 40% de absolución -¿error?- no es admisible en ningún trabajo, aunque el sistema que tenemos nos lleve y justifique acusar a un inocente. En el sistema judicial de Estados Unidos la Fiscalía solo lleva a juicio los casos que tiene prácticamente seguros de condena, si no, retira los cargos.

Llama la atención, a mí por lo menos, la comparativa -sin otra intención que una reflexión- de los diferentes fallos de las sentencias: la de 'Gürtel', casi todos condenados (un 85%) con penas realmente altas de prisión, y la de 'Nóos' (un 35%) con penas notablemente más inferiores, en ambos casos por delitos muy similares como malversación, tráfico de influencias, prevaricación, etc. La primera dictada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana, con muy pocos juicios penales en su bagaje, y la segunda por la Audiencia Provincial de Palma, con juicios penales todas las semanas. ¿Las reflexiones sobre lo anterior nos llevan a decir aquello de «depende del Juzgado que te toque»?

Ante esa real disparidad le corresponderá poner criterio y fallo final a nuestro Tribunal Supremo, ante cuyo órgano tanto una como otra sentencia serán sin duda recurridas, y adelanto, revocadas ambas parcialmente.

Por ello la presunción de inocencia debe ser invocada hasta el final ya que estamos hablando de la libertad y vida de las personas por lo que invito a reflexionar a todo aquel que quiera respetarse a sí mismo y pretenda actuar en consecuencia.

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