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La sentencia del 'caso Nóos' supone una severa rectificación de la instrucción realizada por el juez Castro. Porque lo que más llama la atención de la minuciosa sentencia, aprobada por unanimidad, no es tanto la valoración de los hechos probados cuanto los hechos mismos, sobre los que existe una discrepancia poco explicable. En concreto, Castro, secundado en casi todo (menos en la imputación de la Infanta) por el fiscal Horrach, describe una trama balear, otra valenciana y otra más madrileña, y en cambio el tribunal sólo aprecia la existencia de irregularidades en la actuación de Nóos en Baleares y ni siquiera en todos los casos. En las otras actuaciones, la empresa de Urdangarin y Torres habría realizado los encargos recibidos y «a precios de mercado». El Tribunal Supremo dirá en casación la última palabra, pero es improbable que altere el relato de los hechos aunque introduzca matices en su valoración. La instrucción no debe cargar las tintas en pos de la ejemplaridad porque la Justicia no ha de tener otro objetivo que asegurar el cumplimiento estricto de las leyes. Por fortuna, nuestro sistema judicial dispone de los mecanismos adecuados para obtener los equilibrios razonables.
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