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La fiscalía aplaude la agravante por género a un agresor

EFE

Miércoles, 16 de mayo 2018

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La Fiscalía Provincial de Valencia destacó ayer el hecho de que una reciente sentencia contra un hombre que agredió brutalmente a su expareja en Manises haya contemplado la agravante de discriminación por género prevista en el artículo 22.4 del Código Penal, como había solicitado el Ministerio Público. La Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a trece años de prisión al agresor, que en septiembre de 2015 atacó a su expareja causándole lesiones cerebrales muy graves, que le han provocado una incapacidad permanente. Según consta en la sentencia, hecha pública por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), el acusado, que está en prisión preventiva desde septiembre de 2015, ha sido considerado culpable de un delito de asesinato en grado de tentativa, por el que se le condena a doce años, y otro de acoso, por el que se le impone un año de prisión. Además, deberá cumplir un periodo de libertad vigilada de ocho años tras el cumplimiento de ambas condenas. El acusado ya fue condenado en 2014 por dos delitos de maltrato y uno de amenazas en el ámbito familiar a trabajos en beneficio de la comunidad y alejamiento de la que había sido su esposa.

En un comunicado, la Fiscalía Provincial destacó ayer que en la sentencia se aprecia «el mayor desvalor de la conducta del agresor por el hecho de atentar contra la vida de la víctima como expresión de su idea de dominación sobre ella», por la circunstancia de ser mujer. Dicha apreciación supone la introducción, de acuerdo con la ley, de la perspectiva de género en la decisión, de acuerdo con lo que informó la Fiscalía.

En este caso, la joven, que ingresó en el Hospital La Fe en estado de coma y pasó más de un año en diferentes centros sanitarios, sufre secuelas permanentes que la incapacitan para trabajar y la hacen depender de segundas personas, según la sentencia.

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