Borrar
Perros con sus amos en la festividad de San Antón. jesús signes

Los ayuntamientos podrán limitar el número de mascotas en las viviendas

La nueva ley establece también la prohibición autonómica de que los circos puedan tener espectáculos con fieras

JUAN SANCHIS

VALENCIA.

Miércoles, 21 de febrero 2018, 00:29

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

La Generalitat Valenciana abre la puerta a que los ayuntamientos puedan limitar el número de animales domésticos en una vivienda. Así queda recogido en el borrador de la nueva ley sobre protección, bienestar y tenencia de animales de compañía presentada por la Conselleria de Medio Ambiente.

La disposición adicional segunda señala que los ayuntamientos «podrán determinar el número máximo de animales de compañía que se ubiquen en las viviendas dentro de su término municipal». Es decir, tendrán la posibilidad de establecer un límite a la tenencia de mascotas en un domicilio. Eso sí, el borrador de la nueva normativa deja que las autoridades municipales determinen cuál es la cifra que consideran adecuada para una casa.

Hasta el momento tan sólo algunos ayuntamientos en la Comunitat Valenciana, muy pocos según las fuentes consultadas, han establecido en sus ordenanzas municipales la limitación del número de animales que puede acoger una vivienda. La medida se ha encontrado con la oposición frontal de las protectoras de animales.

Esta es una de las principales novedades incluida en la nueva ley que ayer inició el trámite de participación pública. La norma sustituirá a la ley 4/1994 que hasta el momento regula la posesión de animales domésticos en la Comunitat Valenciana.

La 'Ley sobre protección, bienestar y tenencia de animales de compañía' introduce varias novedades significativas respecto a la legislación de 1994. Así, la Generalitat aprovecha el texto de la nueva ley para extender a toda la Comunitat la prohibición de que los circos puedan tener números con animales salvajes. El artículo 24.2 recoge expresamente: «quedan prohibidos los espectáculos circenses de animales salvajes, sea cual sea la especie».

Hasta el momento la prohibición quedaba dentro de las competencias municipales y desde el Consell se limitaban a recomendar que no se permitieran estas prácticas. De hecho, algunas localidades valencianas, especialmente tras las elecciones municipales de 2015, habían decidido prohibir este tipo de espectáculos.

Es el caso de Valencia. La ciudad fue declarada en la última junta de gobierno de septiembre de 2015 como ciudad libre de espectáculos circenses con animales salvajes. Los tres partidos que conforman el ejecutivo municipal acordaron no conceder licencia a este tipo de actividades.

Además, y en esta misma línea, se prohiben las «atracciones feriales giratorias con animales vivos atados del tipo caballos feriales y otras asimilables».

Casas de acogida

Pero no son las únicas novedades establecidas por la legislación que prepara la Conselleria de Medio Ambiente. Uno de los principios motivadores, tal y como se recoge en el preámbulo, es «aumentar la sensibilidad colectiva hacia comportamientos más humanos y propios de una sociedad moderna».

En este marco se crean nuevas figuras legales y se pretenden garantizar determinados comportamientos a través de prohibiciones y sanciones. El artículo 22 de la nueva ley se refiere al destino de los animales abandonados y crea las 'casas de acogida', en una terminología análoga a la utilizada en la legislación sobre los menores, además de fijar las condiciones a través de las que un ejemplar podrá ser adoptado (entre otras, que este procedimiento será gratuito y sólo se le podrán cargar al nuevo propietario los gastos de atención veterinaria).

El texto establece que los ayuntamientos podrán otorgar la custodia provisional de un animal sin propietario y abandonado a otra persona que actuará como poseedor provisional. El número máximo en este régimen será de cinco perros y/o gatos por cada domicilio.

La cesión de la propiedad se condicionará al compromiso de entregarlo inmediatamente cuando se encuentre a una persona que quiera quedarse el animal en régimen de adopción.

El nuevo texto legal establece en los artículos sexto y séptimo toda una serie de obligaciones y prohibiciones que tendrá el poseedor de uno de estos animales. Entre ellas, deberán impedir que depositen sus deyecciones en aceras, paseos, jardines y espacios públicos.

Los propietarios también se deberán comprometer a evitar «la reproducción incontrolada de los animales»; abandonarlos o mantenerlos «en vehículos estacionados o lugares con exposición al sol sin protección o sin la ventilación y temperatura adecuada».

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios