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Pancarta republicana en el Ayuntamiento, en 2016. :: D. TORRES
El Gobierno advierte de que denunciará a los ayuntamientos valencianos que icen bandera republicana

El Gobierno advierte de que denunciará a los ayuntamientos valencianos que icen bandera republicana

Moragues envía cartas a los consistorios y diputaciones para explicar que el día 14 no pueden hacer una lectura laxa de la ley

LOLA SORIANO

Martes, 11 de abril 2017, 14:49

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La Delegación del Gobierno de la Comunitat Valenciana ha remitido un comunicado a los ayuntamientos y diputaciones donde advierte de que se procederá a denunciar por vía judicial a las instituciones que cuelguen banderas repulicanas en los edificios públicos.

Con esta medida el organismo que preside Juan Carlos Moragues ha querido adelantarse a las posibles celebraciones que se organicen para conmemorar el aniversario de la II República en la que Valencia fue proclamada capital.

La carta se ha remitido a todas las poblaciones para evitar situaciones como las del pasado año, en que 18consistorios fueron requeridos por el Gobierno por exhibir banderas de la II República, entre ellos el Ayuntamiento del cap i casal y la Diputación de Valencia.

En la misiva, recuerdan la normativa que regula el uso de la bandera de España y el de otras banderas y enseñas. Y deja muy claro que «la utilización de una bandera no constitucional vulneraría el principio de neutralidad y objetividad que debe de regir la actividad de las administraciones públicas, de acuerdo con lo establecido en el artículo 103.1 de la Constitución».

Por eso, aseguran que en caso de que se produjera «infracción por parte de un ayuntamiento o diputación se comunica que esta Delegación del Gobierno acudirá directamente a la vía judicial a fin de restablecer la legalidad vigente».

En el escrito de advertencia también enuncian el artículo 6.1 de la Ley 7/1985 de 2 de abril de Bases de Régimen Local e indican a los ayuntamientos y a las diputaciones que «las entidades locales sirven con objetividad los intereses públicos que les están encomendados y actúan de acuerdo con los principios de eficacia, descentralización, desconcentración y coordinación, con sometimiento a la ley y al Derecho».

También hace referencia al artículo octavo del decreto 116/1994 de 21 de junio del Gobierno valenciano, porque el que se regulan los símbolos, tratamientos y honores de las Entidades Locales donde se aclara que las entidades locales «no pueden enarbolar como propia otra bandera que no sea la suya oficial».

Moragues recoge en esta carta una sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla y León (Burgos) donde en su punto quinto se indica que la normativa no puede ser objeto de «una interpretación laxa o flexible en pro de un supuesto derecho de libertad de expresión del represetante de un grupo político, el cual tiene el derecho de hacer uso de dicha libertad en la sede del partido, pero no en el Ayuntamiento».

El pasado año el gobierno tripartito de Valencia en lugar de una bandera, colgó una pancarta tricolor, pero en la sentencia que recoge Moragues en la misiva se deja claro que no se puede usar el Ayuntamiento, el balcón, las fachadas o ventanas «se trate o no de un mástil o cualquier otro tipo de exhibición pública de otra bandera que no sea la oficial o la propia del municipio».

Los ayuntamientos que fueron requeridos el pasado año fueron el de Valencia, Alzira, Xirivella, Sumacàrcer, Barxeta, Moncada, Sagunto, Villanuueva de Castellón, Puçol, Ontinyent, Manises, Simat de la Valldigna, La Pobla de Farnals, Tavernes de la Valldigna, Xàtiva, Xeraco, Alginet y la Diputación de Valencia.

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