Borrar
Urgente Una avería provoca atascos kilométricos en la V-31 y Ausiàs March
Alumnos en una clase durante un examenl
El Consell aprueba el decreto para conciertos en enseñanza postobligatoria

El Consell aprueba el decreto para conciertos en enseñanza postobligatoria

Con el nuevo decreto, cuando finalice un contrato de concertación, se negociarán los conciertos necesarios, y cuando finalicen se iniciará un nuevo el proceso de solicitud, modificación o renovación

efe

Viernes, 20 de enero 2017, 17:32

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El pleno del Consell ha aprobado hoy el decreto por el que se establece el reglamento de conciertos educativos valencianos en enseñanza postobligatoria y se convoca el proceso general de acceso o renovación, según ha informado el conseller de Educación, Vicent Marzà.

Esta norma establece los criterios para solicitar, renovar o modificar conciertos educativos, y al mismo tiempo, desarrolla la ley estatal de conciertos en etapas no obligatorias, que no había tenido ninguna adecuación en el ámbito autonómico, ha indicado Marzà en la rueda de prensa posterior al pleno del Consell.

La norma desarrolla la ley estatal de conciertos en cuanto a educación no obligatoria, donde se garantiza la igualdad entre centros a la hora de concertar unidades con criterios objetivos y transparentes.

Según el decreto aprobado, se establecen las condiciones que deben regir los conciertos y se garantiza que todos los centros tengan las mismas oportunidades, siguiendo unos criterios objetivos y transparentes a la hora de concertar una unidad.

Algunos de los elementos más importantes del texto han sido aportados en las mesas de negociación, tanto en patronales como en sindicatos de trabajadores de la educación.

La Ley estatal de conciertos educativos, en vigor desde 1985, no regula los conciertos singulares, que son aquellos que se hacen para niveles de enseñanza no obligatorios.

Esta ley se ha desarrollado hasta ahora en el territorio valenciano sin adecuarse al contexto autonómico, y como consecuencia, se ha interpretado siempre en los mismos criterios, tanto si el concierto era para educación obligatoria como para educación postobligatoria.

Con el decreto aprobado hoy, la Conselleria de Educación prevé que los conciertos generales, que corresponden a la educación obligatoria, se rigen por la norma básica establecida, es decir la ley estatal, y con respecto a los conciertos singulares se propone el desarrollo autonómico de la ley estatal.

En este nuevo marco normativo, el procedimiento que se establece garantiza a todos los centros privados las mismas oportunidades en el acceso al régimen de conciertos de las enseñanzas postobligatorias, y establece criterios objetivos de priorización.

Marzà ha explicado que al no ser una educación obligatoria, la Administración no está obligada a concertar los niveles de Bachillerato y Formación Profesional, y hasta ahora, si un centro con estos niveles tenía un concierto, la renovación del concierto era automática, salvo que no se tuviera el alumnado suficiente.

Con el nuevo decreto, en el momento que finalice un contrato de concertación, lo que hay que hacer es una negociación de los conciertos que se necesitan, y cuando finalicen se iniciará un nuevo el proceso de solicitud, modificación o renovación.

Este año finalizan los contratos de los conciertos singulares de FP y Bachillerato, y con la puesta en funcionamiento del decreto, se analizará el contexto para contratar los conciertos que realmente sean necesarios a partir del próximo curso 2017-2018, en cuanto a la concertación singular postobligatoria.

Marzà ha explicado que en caso de que el número de solicitudes de conciertos singulares sea superior al número de plazas necesarias, se dará preferencia siguiendo unos criterios: las solicitudes por parte de las antiguas filiales, los centros que atiendan a la población desfavorecida, los centros con experiencias educativas innovadoras, y los que asistan a la población en su área de escolarización.

También se tendrá en cuenta que los centros que hayan contratado a profesorado despedido de otros centros por la modificación o supresión del concierto de estos últimos.

El conseller ha informado asimismo de que el decreto contempla las observaciones técnicas del Consell Jurídic Consultiu y que el informe de esta entidad ha sido favorable.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios