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El Supremo obliga al Consistorio de Calpe a readmitir a 14 empleados municipales

El Ayuntamiento tramitó un despido colectivo de los indefinidos no fijos, pero el tribunal le obliga a restituirles en su puesto

L. CANDELA / EFE

Martes, 17 de enero 2017, 01:15

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El Tribunal Supremo ha ordenado la readmisión «inmediata» de catorce trabajadores del Ayuntamiento de Calpe despedidos en el marco del plan de ajuste municipal llevado a cabo durante 2011. Así fue como desaparecieron 56 empleados indefinidos no fijos de la plantilla municipal. Esa actuación, según se recuerda en el fallo del Alto Tribunal, se enmarcaba en otra más amplia para sanear las cuentas del consistorio que recomendaba amortizar 71 puestos de trabajo para enjugar un déficit que rondaba los 4,8 millones de euros. Sin embargo, los afectados acudieron a la Justicia que, en primera y segunda instancia, desestimó su reclamación judicial.

Se trata de empleados que en las fechas de los ceses contaban con una antigüedad de entre nueve años (el trabajador con mayor experiencia se incorporó al Ayuntamiento en 2002) y tres años, quienes desempeñaban tareas de todo tipo. Entre los despedidos dentro del plan municipal se encontraban conductores, jardineros, encargados de almacén o telefonía, así como limpiadoras, conserjes, auxiliares administrativos y técnicos de programación sociocultural.

No obstante, catorce de los 56 recurrieron la decisión del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) que confirmó el fallo del Juzgado de lo Social número 1 de Benidorm desestimando la demanda de los perjudicados. Por ello, quedan anulados estos ceses ya que el Consistorio debió acogerse al trámite del despido colectivo, según recoge la sentencia facilitada ayer por el TSJCV, tal y como prevé el artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores.

El Alto Tribunal valenciano confirmó la resolución del órgano judicial de Benidorm, ya que rechazaba que el cese de los trabajadores se pudiera catalogar como un despido, si bien el fallo del TSJCV reconocía a cada uno de ellos una indemnización de ocho días de salario por año trabajado.

En cambio, la resolución del Supremo, que está fechada el pasado 20 de diciembre, establece que la corporación municipal debería haber acudido a una modalidad de despido diferente contemplada en el Estatuto de los Trabajadores al no haber cubierto las «previa y reglamentariamente» las plazas que quedaban vacantes.

Los magistrados de la Sala de lo Social les dan ahora la razón a los perjudicados que acudieron al Tribunal Supremo y ha condenado al consistorio a readmitirlos y pagarles los salarios que hubieran dejado de percibir desde el fin de sus contratos.

El Supremo ha aplicado a este caso su propia jurisprudencia, según la cual la amortización de una plaza no es una causa legal de la extinción de contratos en supuestos de una interinidad por vacante o transformación de la contratación inicial o temporal en contratos de trabajo de indefinidos.

La resolución del Alto Tribunal no alcanza a los otros 42 empleados, también despedidos, debido a que consintieron el pronunciamiento de la sentencia del TSJCV recurrida, ya que ésta es firme para ellos, según informó el Tribunal Superior valenciano.

El alcalde de la localidad y presidente de la Diputación de Alicante, César Sánchez, mostró ayer su máximo respeto a la decisión judicial y aseguró que en ningún momento se actuó con ánimo de menoscabar los derechos de los trabajadores sino porque el Consistorio no tenía capacidad económica para pagarles.

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