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efe
Viernes, 13 de enero 2017, 19:32
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El Gobierno valenciano ha aprobado el reglamento de movilidad de la Función Pública, con el que se pretende "atajar las altas tasas de provisionalidad de las plantillas de la Generalitat, que alcanzan al 46 por ciento de los empleados públicos".
Así lo ha dado a conocer la vicepresidenta del Consell, Mónica Oltra, quien ha explicado que la aprobación de este reglamento es uno de los compromisos que alcanzó el Ejecutivo autonómico con los sindicatos y que se empezó a negociar tras el pacto de legislatura firmado este verano con los representantes de los trabajadores.
El decreto tiene por objeto el desarrollo reglamentario de la Ley de ordenación y gestión de la Función Pública Valenciana (LOGFPV) de 2010, pues, según ha destacado, la falta de un reglamento que desarrollara esta norma ha provocado que desde ese año los concursos de traslados estuvieran paralizados.
Esto ha provocado un bloqueo de la gestión regular y a una desnaturalización de los sistemas de provisión temporal de puestos de trabajo, ha apuntado.
Con el decreto, se podrán realizar los concursos y proveer las plazas con normalidad, a fin de atajar los altos índices de provisionalidad que afectan a la Administración de la Generalitat.
Además, el decreto regula la figura de la mejora de empleo, que se articula en la creación de bolsas de trabajo temporal para aquellos trabajadores públicos que así lo deseen.
También desarrolla la regulación de situaciones que merecen un tratamiento específico, como es el caso del acceso de personas con diversidad funcional o víctimas de violencia de género o de terrorismo.
Igualmente establece la manera de acreditar los conocimientos en valenciano y la dotación de los mecanismos para que el personal empleado público pueda adquirir la formación necesaria para poder atender a los ciudadanos en cualquiera de las dos lenguas oficiales de la Comunitat.
Por otra parte, el Consell ha aprobado también el decreto por el que se regula la estructura, composición y normas de funcionamiento de las Mesas Generales de Negociación de la Generalitat, lo que supone la primera regulación del funcionamiento de estas mesas.
El decreto regula el objeto, el ámbito de aplicación y la sede de las Mesas Generales, su composición y organización, así como el régimen de convocatorias y funcionamiento de las sesiones, y se toman en consideración las Mesas Sectoriales y las Mesas Técnicas y Comisiones de Seguimiento.
Se han concretado algunos aspectos necesarios para un mejor funcionamiento de las mesas, el orden de los turnos de intervención en las reuniones, el establecimiento de las mayorías necesarias para la toma de acuerdos o la forma de renovación de las mesas tras los procesos de elecciones sindicales o por reorganización del Consell.
Asimismo, se han introducido algunas novedades, como, por ejemplo, la obligatoriedad de reunirse dos veces al año de la Mesa General de Negociación I o la publicidad de las actas a través de la Intranet de la Generalitat.
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