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Dos años de prisión para un motorista tras morir una menor por sus 'caballitos' en Cheste

Los hechos sucedieron en noviembre de 2007 durante la celebración del Gran Premio de Motociclismo

efe

Viernes, 4 de noviembre 2016, 09:44

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La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a dos años de prisión a un motorista que chocó frontalmente con otro mientras hacían "caballitos" en una calle de Cheste durante la celebración del Gran Premio de Motociclismo de 2007 y por la que murió una chica de 15 años.

Según la sentencia hecha pública por el Tribunal Superior de Justicia valenciano, a consecuencia del choque la ocupante de uno de los dos vehículos cayó al suelo y se golpeó mortalmente la cabeza.

La Sala, que le considera culpable de un delito de conducción temeraria en concurso con homicidio imprudente, confirma así el fallo dictado por el Juzgado de lo Penal número 2 de Valencia.

Los hechos sucedieron en una calle de Cheste en noviembre de 2007 durante la celebración del Gran Premio de Motociclismo. En la vía se había concentrado una gran cantidad de gente para contemplar cómo circulaban los vehículos, formando un pasillo de pocos metros, y el condenado, sin carné de conducir motocicletas, pilotaba a gran velocidad una moto en la que llevaba como acompañante a la menor.

El conductor hizo maniobras de levantamiento de la rueda delantera y ambos ocupantes del vehículo circulaban sin casco, mientras que otro vehículo venía en dirección opuesta con una minimoto y realizando los mismos "caballitos".

Ambos vehículos chocaron frontalmente y como consecuencia de la colisión cayeron el conductor de la motocicleta y la joven, quien se golpeó con la cabeza contra el suelo y falleció; además, una espectadora resultó herida tras sufrir una caída al intentar apartarse cuando se produjo el accidente.

En la sentencia, el juez considera que las declaraciones de testigos y el resto de pruebas demuestran que tanto el fallecimiento de la joven como las lesiones de la espectadora "son causadas por la acción imprudente de ambos acusados".

Asimismo, explica que los dos conductores exhibieron una "temeridad manifiesta que supone la inobservancia total y absoluta de las normas más elementales de seguridad en el tráfico de vehículos de una forma patente, clara y apreciable para cualquier persona".

Por otra parte, el ponente determina que no ha quedado probada la responsabilidad del Ayuntamiento de Cheste ya que las pruebas documentales demuestran que el consistorio "puso los medios para evitar la comisión de los hechos, sin que se le pueda achacar la responsabilidad por déficit de previsión con incidencia causal".

En concreto, el juez da por válidos los carteles municipales de prohibición de hacer "caballitos" y los que indicaban "Atención Peligro", así como las medidas de seguridad que puso en marcha el Ayuntamiento por las que, según la sentencia, el consistorio reforzó el número de agentes de policía en más de 70 e intervino hasta 40 vehículos.

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