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Mercedes Hurtado.
Archivan la querella por injurias contra la presidenta del Colegio de Médicos de Valencia

Archivan la querella por injurias contra la presidenta del Colegio de Médicos de Valencia

La Audiencia de Valencia considera que no está probado quien fue la persona que remitió los correos electrónicos 48 horas antes de las elecciones

EFE

Jueves, 6 de octubre 2016, 11:28

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La Audiencia de Valencia ha archivado la querella presentada contra la presidenta del Colegio de Médicos de Valencia, Mercedes Hurtado, por la anterior junta directiva de la entidad por "injurias y calumnias" al considera que no está probado quien fue la persona que remitió los correos electrónicos.

El auto de la Audiencia provincial de Valencia, al que ha tenido acceso EFE, señala que hay una "situación de total orfandad probatoria en cuanto a la persona que remitió los correos que consideran injuriosos los querellantes" y ordena el "sobreseimiento provisional y archivo de las actuaciones".

Los hechos se remontan a junio de 2014, cuando la entonces junta de Gobierno del Colegio, presidida por Rosa Fuster, presentó una querella por las supuestas "calumnias e injurias" que afirman formuló Hurtado 48 horas antes de las elecciones a la presidencia de la entidad colegial a través de un correo electrónico.

En las elecciones a la entidad colegial, celebradas el 27 de junio, la candidatura de Mercedes Hurtado se alzó con una ajustada victoria frente a la encabeza por Rosa Fuster por 47 de los 2.841 votos emitidos.

La querella contra Hurtado fue admitida por el Juzgado de Instrucción número 17, que el pasado 21 de abril acordó abrir un procedimiento por hechos que podrían constituir delito, y aunque la decisión fue recurrida por Mercedes Hurtado fue desestimado mediante un auto de fecha 13 de mayo de 2016.

Contra este auto se presentó nuevo recurso de apelación ante la Audiencia Provincial de Valencia, que ahora ha decidido el "sobreseimiento provisional, y consiguiente archivo, de las actuaciones".

El auto, contra el que no cabe recurso, estima que "no hay prueba suficiente que permita sustentar la continuación del procedimiento, por desconocerse quienes encargaron crear la cuenta de correo en cuestión, y quienes enviaron los correos por cuyo contenido los querellantes se consideran injuriados".

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