Borrar
Urgente Los trabajadores de las ITV aplazan la huelga prevista para la próxima semana

El Supremo permite que una abuela visite a los nietos pese a la oposición de los padres

Las relaciones familiares se rompieron entre ambas partes cuando la mujer denunció a su yerno por abuso sexual, denuncia que fue archivada por el juez

Efe

Viernes, 30 de septiembre 2016, 13:40

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El Tribunal Supremo ha reconocido el derecho de una abuela valenciana a visitar a sus dos nietas pese a la oposición de su hija y de su yerno, a quien había denunciado por abusar de las menores, denuncia que fue archivada y que motivó que cesaran los encuentros de la mujer con los nietos.

La abuela presentó una demanda contra su hija en la que reclamaba que se le reconociera el derecho a visitar a sus nietos -dos niñas y un niño-, a quienes dejó de ver tras la ruptura de las relaciones familiares causada por la denuncia que presentó contra su yerno y padre de las niñas por abusar sexualmente de ellas.

El juzgado de primera instancia rechazó establecer un régimen de visitas debido al profundo enfrentamiento existente entre las partes, la rotunda oposición de los padres, la posibilidad de que la demandante siguiera creyendo que fueron ciertos los hechos que denunció y el hecho de que los niños llevaban cuatro años sin tener relación con su abuela.

Sin embargo, en un fallo que ahora ha confirmado el Supremo, la Audiencia Provincial de Valencia declaró que la abuela podría ver a sus nietos los primeros sábados de cada mes, durante dos horas, en el Punto de Encuentro Familiar, acordando que se realizara un informe sobre la conveniencia de continuar con las visitas seis meses después del comienzo de la mismas.

La base de ese fallo fue un informe del equipo psicosocial según el cual los encuentros eran beneficiosos para los niños por la existencia de un vínculo emocional entre abuela y nietos y la inexistencia en la abuela de síntomas psicopatológicos que pudieran repercutir de forma negativa en la relación con los menores.

En el recurso contra dicha sentencia, los padres -la hija y el yerno de la mujer- alegaban que el origen del conflicto no obedeció a meras desavenencias familiares por motivos ordinarios, sino a la denuncia que presentó la abuela.

Esa denuncia dio lugar a un procedimiento penal, que se archivó ante la falta de evidencia sobre los hechos denunciados.

En ese procedimiento, decían los padres, se sometió a exámenes psicológicos y físicos tanto a los progenitores como a los hijos, se solicitaron informes al colegio de los niños y se exteriorizó a todos los ámbitos una sospecha de la abuela que se convirtió en "la peor de las pesadilla para la totalidad de la unidad familiar".

En contra de estos argumentos, el Supremo considera que difícilmente puede sostenerse -como mantiene el recurso- que la solución adoptada por la Audiencia Provincial de Valencia al permitir los encuentros vaya contra los intereses de los menores.

La clave para ese fallo es de nuevo el informe psicosocial -firmado por una psicóloga y una trabajadora social que examinaron a cada uno de los interesados-, que considera beneficioso para los niños el establecimiento de un régimen de visitas con la abuela, dada la añoranza de interacción mutua.

El Supremo añade que el Código Civil permite denegar las relaciones del nieto con sus abuelos cuando concurra justa causa, que no define y que debe examinarse en cada uno de los casos que se deban enjuiciar.

Para el Tribunal Supremo, en este caso no puede impedirse que se vean pues "en forma alguna cabe entender que la reanudación de una mínima relación entre abuela y nietos -dos horas al mes en el punto de encuentro- pueda estimarse en principio perjudicial para los menores, sino más bien lo contrario".

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios