Borrar
Urgente Lluvia de premios con la Primitiva del jueves que entrega un premio de 46.550 euros en una administración de Valencia
El TSJCV levanta la suspensión cautelar de las prácticas en hospitales

El TSJCV levanta la suspensión cautelar de las prácticas en hospitales

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo asegura no poder obviar la decisión adoptada el día 23 por la que se inadmitió el recurso de la Universidad Católica de Valencia

EFE

Jueves, 29 de septiembre 2016, 18:48

Necesitas ser suscriptor para acceder a esta funcionalidad.

Compartir

El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana ha levantado la suspensión cautelar relativa a las prácticas de los estudiantes de las universidades privadas en los hospitales públicos de la región.

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-administrativo así lo ha acordado en un auto en el que estima el recurso de reposición y asegura no poder obviar la decisión adoptada por la misma sala el pasado día 23 por la que se inadmitió el recurso de la Universidad Católica de Valencia contra la decisión de la Generalitat de no permitir a sus alumnos prácticas en hospitales públicos.

En ese auto consideraba "improcedente" tramitar el recurso por el procedimiento de vulneración de derechos fundamentales, y estimaba así el recurso de la Abogacía de la Generalitat.

Por ello, en congruencia con ese auto y habiendo acordado la inadmisión del procedimiento, "no cabe más que dejar sin efecto la medida cautelar de suspensión acordada", según el auto dictado hoy, hecho público desde la Conselleria de Sanidad.

La Sala recuerda que la base sobre la que se sustenta la adopción de la medida cautelar es el riesgo razonable de la pérdida de la finalidad legítima del recurso.

Señala que, de ejecutarse, durante la tramitación del recurso principal, las decisiones adoptadas por el cauce descrito se podrían producir situaciones jurídicas irreversibles o de difícil restablecimiento en el supuesto de una sentencia estimatoria debido a la inmediatez del inicio del curso académico.

Esa es "la base" sobre la que se sustenta la adopción de la media cautelar y son "única y exclusivamente" la conformidad a derecho de esos razonamientos "los que deben ser enjuiciados, en sede de reposición", según señala el auto.

No obstante, añade que no puede obviar la inadmisión del recurso de la Universidad Católica, y por ello estima el recurso de reposición y deja sin efecto la media cautelar acordada.

El auto no es firme y cabe recurso de casación ante la Sala Tercera del Tribunal Supremo o, en su caso, la Sala de lo Contencioso-administrativo del TSJCV.

Reporta un error en esta noticia

* Campos obligatorios