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Martes, 30 de septiembre 2014, 23:47
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Aunque todavía no es oficial, el procedimiento que baraja el Gobierno para conceder las ayudas es la presentación, a través de una página web, de toda la documentación necesaria (sobre todo la que justifica el pago de la actuación a la empresa) y el número de cuenta bancaria de la comunidad de vecinos para que el Ejecutivo realice una transferencia; por lo que los residentes deben avanzar el pago y esperar a que se active la vía de las subvenciones para pedirlas. El Gobierno, por su parte, ofrece más información a través de la web www.televisiondigital.es.
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