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La Audiencia absuelve a los miembros del grupo nazi al declarar nulas las escuchas

La sentencia considera que se solicitaron los pinchazos con una investigación «vacía de contenido y huérfana de datos objetivos»

A. RALLO

Martes, 29 de julio 2014, 23:55

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Los pinchazos telefónicos son claves para desmantelar numerosos grupos criminales. Pero la autorización judicial de estas intervenciones debe estar respaldada en indicios, no en meras conjeturas. De lo contrario, lo más probable es que se declare la nulidad de las escuchas y, con ellas, de todas las pruebas que derivan de estas. Esto es lo que ha ocurrido con los miembros del grupo neonazi Frente Antisistema. Los integrantes se han visto beneficiados por una deficiente investigación de la Guardia Civil y de la autorización de la juez instructora. La Audiencia ha absuelto a los 16 integrantes de este grupo que, según las acusaciones, era uno de los más importantes en España.

La intervención telefónica se solicitó a raíz de dos páginas webs que utilizaban diferentes organizaciones para difundir ideología nacionalsocialista y fomentar la captación de miembros. Sin embargo, las pesquisas para localizar a los responsables de las webs «brillan por su ausencia», recoge el fallo. La Guardia Civil, no obstante, «da un salto en el vacío» y apunta a que podrían dedicarse a la venta clandestina de armas. Sin embargo, no existen indicios que acrediten la hipótesis anterior. «Afirmación vacía de contenido», indica la sentencia.

La identidad de los supuestos cabecillas de la web se obtuvo a partir de confidentes. La Sala considera que la «confidencia» es una herramienta de uso frecuente. No obstante, «cuando se trata de asentar en ella una decisión judicial de este calado -las intervenciones- no basta». En este sentido, también reprocha a la titular que autorizó las intervenciones. Así, dice que a la titular se le transmitió «una información policial, vacía de contenido y huérfana de datos objetivos». «La juez de instrucción debería haber rechazado de plano la petición o solicitar la aportación de más elementos».

La nulidad de las escuhas se extiende también a los registros policiales. La Audiencia considera que, al margen de las dos diligencias anteriores, no existen más pruebas contra los 16 acusados. La Fiscalía pedía para ellos penas de 42 años de prisión para el grupo. Entre los acusados se encontraba un concejal de España 2000 de Silla, dos militares y el asesino de Guillem Agulló.

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