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Enrique Ortiz en su yate 'Elena', en junio de 2011 atracado en el Puerto de Alicante.
Multa de 860.000 euros a Ortiz por no pagar a tiempo el impuesto por su yate

Multa de 860.000 euros a Ortiz por no pagar a tiempo el impuesto por su yate

El empresario alicantino alegó que iba a fletar pequeños cruceros de lujo para intentar eludir su obligación fiscal

EFE

Martes, 28 de abril 2015, 01:49

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Un tribunal de la Sala de lo Contencioso-Administrativo de La Audiencia Nacional ha confirmado una sanción de 860.341 euros impuesta por Hacienda al empresario alicantino Enrique Ortiz por no pagar a tiempo el Impuesto Especial sobre Determinados Medios de Transporte (IEDMT), correspondiente a su yate 'Elena'.

La sentencia, fechada el pasado 2 de marzo, desestima el recurso presentado por una de sus mercantiles, Enrique Ortiz e Hijos Contratista de Obras SA, contra una resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) del 18 de julio de 2013 que rechazaba su reclamación anterior contra la multa.

La Dependencia de Control Tributario y Aduanero de la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Estatal Tributaria (AET) comenzó a investigar la situación fiscal de la embarcación en abril de 2009 y constató que su propietario no había pagado uno de los impuestos que la gravaban, el IEDMT, al no haber sido matriculada en España dentro del plazo establecido.

Según ha desvelado el sumario judicial por el denominado 'caso Brugal', en varias de cuyas piezas separadas está imputado Enrique Ortiz, por el yate 'Elena', de 36,6 metros de eslora, han pasado numerosos políticos alicantinos, entre ellos los exalcaldes populares de la capital Sonia Castedo y Luis Díaz Alperi y también el expresidente de la Diputación y del PP de esta provincia José Joaquín Ripoll.

Todos estos antiguos políticos están imputados en distintas ramificaciones de esta trama de supuesta corrupción por delitos de fraude, cohecho, tráfico de influencias, negociaciones prohibidas a funcionarios públicos o revelación de información privilegiada, entre otros.

La AET realizó en julio de 2010 una propuesta de regularización tributaria para Enrique Ortiz e Hijos Contratista de Obras SA que incluía el pago de una cuota del IEDMT de 1.147.121 euros, más otros 93.962 euros de intereses de demora, cantidades que una vez restados unos ingresos a cuenta de 1.140.000 euros daban como resultado una deuda fiscal de 101.083 euros, según se enumera en la sentencia.

La aplicación del impuesto era resultado de la utilización por Ortiz de su yate en actividades privadas de recreo sin que hubiera solicitado su primera matriculación definitiva en España dentro de los 30 días siguientes al inicio de su uso, y motivó el precinto e inmovilización del barco. Dicha medida fue levantada cuando la mercantil ingresó en Hacienda 1.400.000 euros.

El tribunal rechaza las alegaciones del recurrente y concluye que el buque no estuvo realizando navegaciones de prueba sino de recreo, y las actuaciones inspectoras que así lo constataron en su día estaban plenamente amparadas por la orden de la jefa de la Dependencia de Control Tributario y Aduanero.

«La culpabilidad es evidente, puesto que es de conocimiento general que un vehículo no puede utilizarse sin su matriculación», señalan los magistrados de la sección séptima de la Sala de lo Contencioso, que acusan a Ortiz de querer «eludir el impuesto mediante la matriculación ex post facto en Canarias», lo que constituye «una conducta consciente y deliberada».

Y es que el empresario alegó ante el Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) que había comprado su yate 'Elena' para «desarrollar una actividad empresarial de arrendamiento de embarcaciones de lujo y pequeños cruceros por el Mediterráneo», para eludir el pago del impuesto que le reclamaba Hacienda. Así se recoge en la sentencia. Asimismo, los abogados del promotor sostenían que el barco estuvo realizando navegaciones de prueba y que no se utilizó para el mero recreo entre el 24 de agosto de 2008 y el 23 de diciembre de ese año, cuando se solicitó su matriculación en el Registro Especial de Buque de Canarias, debido a que sufrió «averías de gran calado».

«No hay vestigio alguno en la contabilidad de que el buque fuese a destinarse a arrendamiento», señalan los magistrados en el fallo, ni en el Impuesto de Actividades Económicas, ni declaración alguna de IVA relativa a ese negocio empresarial, que sí está exento del tributo especial. Por otro lado, «resulta difícil de entender que un buque, que ya ha sido entregado por los astilleros y recibido por el adquiriente, esté haciendo navegaciones de prueba reiteradas durante más de un año al margen de tales astilleros», añaden.

Ortiz compró el 'Elena', de 36,6 metros de eslora y dos motores, a la sociedad italiana Azimut-Benetti Spa por 9.500.000 euros en diciembre de 2004 y, una vez construido, comenzó a utilizarlo en febrero de 2008. Desde entonces, en apenas unos meses, el barco recaló en puertos de Mahón, Dénia, Ibiza, Almería, Gibraltar, Sevilla, Alicante, Formentera y Mallorca.

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