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El Consell asegura que la ley de Contratos Agrarios «dará protección y seguridad jurídica» al sector

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El Consell asegura que la ley de Contratos Agrarios «dará protección y seguridad jurídica» al sector

25.05.12 - 11:52 -
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El director general de Coordinación del Desarrollo Estatutario y Promoción del Autogobierno, José Manuel Miralles, ha destacado este viernes que la ley de Contratos Agrarios "dará protección y seguridad jurídica" al sector, al tiempo que ha señalado que es "una cuestión prioritaria adoptar todas las medidas políticas, fiscales, jurídicas y legislativas que garanticen" sus derechos.
Miralles ha intervenido en la Junta Directiva del Comité Económico y Social de la Comunitat Valenciana para explicar el Anteproyecto de Ley de Contratos Agrarios, una nueva normativa que está previsto que se apruebe antes de que finalice el año, según ha informado la Generalitat en un comunicado.
"El trabajo del sector agrario valenciano se desarrolla, en buena medida, a partir de usos, costumbres y tradiciones muy arraigadas en la forma de cultivar el campo y comerciar con sus cosechas", ha subrayado y, por ese motivo, ha reclcado que se ha querido adoptar una iniciativa para dotar al sector "de una mayor seguridad jurídica a través de un texto normativo que resulte útil, que recoja las figuras contractuales tradicionales del campo valenciano y otorgue una mayor protección al agricultor, partiendo de sus usos y costumbres y creando una regulación moderna y práctica". 56 ARTICULOS
La ley recupera contratos para conservarlos y consolidarlos, lo que "permitirá evitar litigios, puesto que en la actualidad se formalizan de manera verbal en pactos o compromisos". Además, se trata de una norma muy completa y exhaustiva que consta de 56 artículos.
En ella, se regulan las diferentes modalidades de contratos agrarios, "optando por una fórmula mixta que permite en los contratos con pago al contado el pacto oral o escrito y en los contratos o acuerdos aplazados".
Así, se incluyen figuras contractuales tradicionales, como 'la venda a l'ull o per alfarrassar' (el precio se paga al contado por defecto, y en caso de querer aplazarlo, el contrato deberá formalizarse por escrito); y 'la venda al pes o per arrovat' (el precio se fijará por unidad de peso o cantidad, sin que el contrato pueda nunca liquidarse a precio más bajo del pactado).
Por último, la nueva Ley también regula la figura del 'alfarrassador' o corredor, el derecho al 'torna llom' (intercambio gratuito de trabajos agrícolas) y la nulidad de los contratos o pactos a comercializar, aquellos acuerdos en los que existe una indeterminación del precio, puesto que el comprador no interviene en el mismo.
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